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Reclamación de deudas entre empresas en Sant Feliu de Llobregat: procedimiento y costes

Guía sobre reclamación de deudas entre empresas en Sant Feliu de Llobregat: proceso monitorio, burofax, costes, plazos de prescripción y cuándo contratar abogado

EEquipo de documentación jurídica — Infocobro📅 25/07/2026🔄 25/07/2026⏱️ 4 min

La reclamación de deudas entre empresas en Sant Feliu de Llobregat es una situación frecuente que afecta a la tesorería y viabilidad de muchos negocios. Cuando un cliente empresarial no abona sus facturas, existen vías legales específicas para el cobro de deudas y la recuperación de deudas de forma efectiva. Este artículo detalla las opciones disponibles, plazos de prescripción, costes y cuándo resulta rentable contratar servicios profesionales para la gestión de impagados.

Opciones para reclamar deudas impagadas

Reclamación extrajudicial mediante burofax

El primer paso en cualquier cobro extrajudicial debe ser la reclamación formal. El burofax de reclamación constituye una notificación fehaciente que:

  • Acredita que has solicitado el pago antes de acudir a tribunales
  • Interrumpe el plazo de prescripción de la deuda
  • Genera presión legítima sobre el deudor moroso
  • Tiene un coste orientativo de 15-25 euros

El burofax debe incluir: identificación completa de las partes, desglose de la deuda (facturas, fecha de vencimiento, importes), requerimiento expreso de pago y plazo para abonar (habitualmente 10 días hábiles). Muchos deudores morosos atienden esta primera reclamación formal, evitando procedimientos judiciales.

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Agencias especializadas en recobro de morosos

Las empresas de recobro o agencias de cobros gestionan la recuperación de deudas mediante llamadas, cartas y negociaciones. Operan bajo estricta normativa que prohíbe cualquier práctica abusiva. Sus honorarios suelen calcularse como porcentaje de lo recuperado (entre 10% y 30% según el importe y antigüedad de la deuda).

Este sistema resulta eficaz cuando el deudor tiene capacidad de pago pero necesita seguimiento. En Sant Feliu de Llobregat, empresas del sector servicios y comercio utilizan frecuentemente esta vía antes de iniciar procesos judiciales.

Proceso monitorio: la vía judicial rápida

El proceso monitorio, regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es el procedimiento más utilizado para la reclamación judicial de deudas dinerarias entre empresas. Sus características:

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  • Válido para deudas de cualquier cuantía con documento escrito (facturas, contratos, albaranes firmados)
  • El Juzgado de Primera Instancia competente es el del domicilio del deudor o lugar de cumplimiento de la obligación
  • El deudor tiene 20 días para pagar u oponerse
  • Si no se opone, se obtiene directamente un auto despachando ejecución
  • Si se opone, el procedimiento continúa como juicio ordinario o verbal según la cuantía

Los costes orientativos del proceso monitorio incluyen: tasa judicial (calculada según la cuantía reclamada conforme a la Ley 10/2012), honorarios de abogado y procurador (entre 400-800 euros para cantidades inferiores a 6.000 euros, variables según complejidad), y publicaciones si no se localiza al deudor.

Juicio verbal y juicio ordinario

Cuando el deudor se opone al monitorio o la deuda carece de documentación suficiente, procede:

  • Juicio verbal: para reclamaciones hasta 6.000 euros. Procedimiento más ágil con vista única.
  • Juicio ordinario: para cantidades superiores a 6.000 euros. Incluye fase de alegaciones, prueba y conclusiones.

En ambos casos, la condena al pago puede incluir intereses de demora. El artículo 1108 del Código Civil establece la obligación de abonar intereses moratorios, y la Ley 3/2004 de Lucha contra la Morosidad fija tipos específicos para operaciones comerciales entre empresas.

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Plazos de prescripción de deudas comerciales

Según el artículo 1964 del Código Civil, las acciones personales prescriben a los cinco años. Este plazo se computa desde el vencimiento de la deuda. Es fundamental iniciar la gestión de impagados antes de este plazo, ya que cualquier acto de reclamación fehaciente (burofax, demanda judicial) interrumpe la prescripción, reiniciando el cómputo.

Para deudas anteriores a octubre de 2015, el plazo era de 15 años, por lo que debe analizarse cada situación concreta.

¿Cuándo compensa contratar abogado en Sant Feliu de Llobregat?

La decisión depende de varios factores:

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Según el importe de la deuda

  • Menos de 2.000 euros: valorar primero burofax y agencias de recobro de morosos. Si es necesario acudir a juicio, el coste puede aproximarse al 30-50% de lo reclamado.
  • Entre 2.000-6.000 euros: el monitorio resulta rentable. Costes legales orientativos del 15-25% de la cantidad.
  • Más de 6.000 euros: claramente recomendable la asistencia letrada. El porcentaje de costes sobre lo recuperado disminuye.

Probabilidades de éxito

La viabilidad del cobro de deudas depende de:

  • Documentación disponible: facturas, contratos, albaranes firmados incrementan notablemente las posibilidades
  • Solvencia del deudor: una sentencia favorable sin patrimonio ejecutable resulta ineficaz
  • Ausencia de prescripción
  • Inexistencia de compensaciones o excepciones válidas del deudor

Con documentación adecuada, las probabilidades de obtener sentencia favorable superan el 80%, aunque la recuperación de deudas efectiva requiere que el deudor tenga bienes embargables.

Costes del proceso de reclamación judicial

A título orientativo, los costes de un proceso monitorio en Sant Feliu de Llobregat incluyen:

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  • Tasa judicial: variable según cuantía. Para 3.000 euros, aproximadamente 100 euros; para 10.000 euros, cerca de 250 euros.
  • Honorarios de abogado: entre 300-600 euros para monitorios sin oposición; desde 800-1.500 euros si deriva en juicio verbal; desde 1.500-3.000 euros para juicios ordinarios.
  • Procurador: entre 200-400 euros en primera instancia.
  • Ejecución: si es necesario embargar bienes, añadir entre 400-800 euros adicionales.

Si se obtiene sentencia favorable, el condenado debe abonar las costas del procedimiento, aunque cada caso depende de sus circunstancias procesales concretas.

Normativa aplicable a la reclamación entre empresas

La reclamación de deudas comerciales se rige por:

  • Código Civil: artículos 1088 y siguientes sobre obligaciones, 1100-1107 sobre incumplimiento, 1964 sobre prescripción.
  • Ley 3/2004 de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales: establece plazos de pago (generalmente 30 días, 60 en sectores específicos) e intereses moratorios aplicables.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil: regula los procedimientos monitorio, verbal y ordinario.
  • Ley 10/2012 de Tasas Judiciales: determina el coste de acceso a la jurisdicción.

Pasos recomendados para empresas de Sant Feliu de Llobregat

  1. Recopilar documentación: facturas, contratos, albaranes, correos electrónicos acreditativos de la deuda.
  2. Enviar burofax de reclamación: reclamación formal previa concediendo plazo razonable.
  3. Valorar mediación o negociación: facilitar pago fraccionado puede resultar más eficaz que judicializar.
  4. Quiero consultar con abogado especializado: análisis coste-beneficio según importe y circunstancias.
  5. Interponer proceso monitorio: vía rápida si existe documentación y el deudor no atiende reclamaciones previas.
  6. Ejecutar sentencia: identificar y embargar bienes del deudor para hacer efectivo el cobro.

Preguntas frecuentes sobre reclamación de deudas entre empresas

¿Cuánto tiempo tarda un proceso monitorio en Sant Feliu de Llobregat?

Si el deudor no se opone, el procedimiento puede resolverse en 2-3 meses desde la presentación de la demanda hasta el auto despachando ejecución. Si hay oposición y deriva en juicio verbal, el plazo se extiende entre 6-12 meses según la carga del Juzgado. Cada caso depende de sus circunstancias.

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¿Puedo reclamar una deuda sin contrato firmado?

Sí. Las facturas emitidas, albaranes con sello o firma del cliente, correos electrónicos aceptando el servicio o pedidos pueden acreditar la existencia de la deuda. El artículo 1227 del Código Civil establece que la fecha de documentos privados se tiene por cierta respecto de terceros desde su incorporación a un registro público o fallecimiento de firmantes, pero entre las partes tienen plena validez probatoria.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes para pagar?

Aunque se obtenga sentencia favorable, si el deudor carece de patrimonio embargable (cuentas, inmuebles, vehículos, créditos), la recuperación de deudas resulta materialmente imposible. El procedimiento de ejecución se archiva provisionalmente, pudiendo reabrirse si se localizan bienes en el futuro dentro del plazo de prescripción de la acción ejecutiva (cinco años desde la firmeza de la sentencia).

¿Cuánto cuestan los intereses de demora entre empresas?

La Ley 3/2004 establece que, salvo pacto, el tipo de interés aplicable es el fijado semestralmente por el Banco Central Europeo más ocho puntos porcentuales. Para el primer semestre de 2026, dependerá de los tipos vigentes. Además, el acreedor puede reclamar 40 euros en concepto de costes de cobro por cada deuda, más una indemnización adicional si los costes de recuperación superan dicha cantidad y están debidamente acreditados.

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¿Es obligatorio contratar abogado y procurador para reclamar deudas?

En el proceso monitorio no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador, independientemente de la cuantía. Sin embargo, si el deudor se opone y el asunto deriva en juicio verbal u ordinario, será obligatoria la asistencia de abogado para cantidades superiores a 2.000 euros, y de procurador cuando la cuantía supere los 2.000 euros (artículo 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Aun no siendo obligatorio, resulta altamente recomendable contar con asesoramiento profesional para optimizar las posibilidades de cobro de deudas.

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