Si estás gestionando el cobro de deudas y quieres saber cuánto puedes reclamar en concepto de intereses, necesitas conocer el interés legal del dinero, un tipo oficial que fija cada año el Gobierno y que sirve de referencia para calcular las cantidades adicionales que un deudor debe abonar cuando se retrasa en el pago. Este dato es clave tanto para particulares como para empresas que gestionan impagados, ya que determina qué porcentaje puede exigirse por el tiempo transcurrido desde el vencimiento de la deuda hasta su cobro efectivo.
En este artículo te explicamos qué es exactamente este interés, cómo se aplica en la reclamación judicial y extrajudicial de deudas, qué diferencia existe con el interés de demora, y qué pasos seguir si quieres reclamar una cantidad impagada incluyendo los intereses generados.
¿Qué es el interés legal del dinero?
El interés legal del dinero es el tipo de interés oficial que se aplica, salvo pacto en contrario, a las deudas dinerarias cuando no existe un interés convencional fijado entre las partes. Se actualiza anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado y, en su defecto, mediante otras disposiciones normativas vigentes, conforme a lo previsto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio.
Este porcentaje se utiliza como referencia en múltiples ámbitos: cálculo de intereses moratorios en sentencias judiciales, indemnizaciones, devoluciones de cantidades indebidas y, de forma muy relevante, en la recuperación de deudas comerciales y civiles cuando no se ha pactado un tipo específico.
Diferencia entre interés legal e interés de demora
Es habitual confundir el interés legal del dinero con el interés de demora, pero no son lo mismo. El interés de demora aplicable a operaciones comerciales entre empresas se rige por la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y suele ser superior al interés legal, ya que se calcula sumando varios puntos porcentuales al tipo de interés del Banco Central Europeo.
Por su parte, cuando existe una resolución judicial que condena al pago de una cantidad, se aplica el llamado interés procesal o interés legal incrementado, regulado en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que añade dos puntos al interés legal del dinero vigente durante el proceso.
¿Cómo se aplica en la reclamación de deudas?
Cuando una agencia de cobros o un particular inicia un procedimiento de cobro extrajudicial, el interés legal del dinero permite calcular de forma objetiva cuánto se ha incrementado la deuda desde su vencimiento. Esto es especialmente útil en la fase de negociación con deudores morosos, ya que ofrece un criterio claro y verificable para justificar el importe total reclamado.
Pasos habituales en el procedimiento de reclamación
- Requerimiento previo: se envía un burofax de reclamación detallando la deuda principal y los intereses aplicables según el tipo legal vigente.
- Negociación extrajudicial: muchas empresas de recobro consiguen acuerdos de pago aplazado o descuentos sobre los intereses acumulados.
- Reclamación judicial: si no hay acuerdo, se puede iniciar un procedimiento monitorio o un juicio ordinario, según la cuantía, incluyendo en la demanda tanto el principal como los intereses legales devengados.
- Ejecución de sentencia: una vez dictada la resolución, se aplican los intereses procesales del artículo 576 LEC hasta el pago efectivo.
Costes orientativos de una reclamación
Los costes de gestionar el cobro extrajudicial de una deuda mediante burofax y negociación suelen oscilar, a título orientativo, entre 50 y 200 euros, dependiendo de la complejidad y el importe reclamado. Si es necesario acudir a la vía judicial mediante un procedimiento monitorio, las tasas judiciales para empresas y los honorarios de abogado y procurador (obligatorios a partir de determinadas cuantías) pueden variar significativamente según el juzgado y la provincia. Es recomendable solicitar presupuesto personalizado antes de iniciar cualquier procedimiento.
Derechos del acreedor y del deudor
El acreedor tiene derecho a reclamar la deuda principal más los intereses legales o pactados, siempre que no se incurra en usura conforme a la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura, todavía vigente. El deudor, por su parte, tiene derecho a recibir información clara sobre el importe reclamado, a negociar planes de pago y, en casos de sobreendeudamiento grave, a explorar mecanismos legales de reestructuración de deudas. Si tu situación implica un posible procedimiento de segunda oportunidad o acuerdos con múltiples acreedores, es imprescindible consultar con un abogado especializado, ya que esta materia ha sido objeto de reformas recientes y los requisitos y plazos vigentes deben verificarse caso por caso.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el interés legal del dinero actualmente?
El porcentaje se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para conocer el tipo aplicable en el año en curso, conviene consultar el Boletín Oficial del Estado o confirmarlo con un profesional, ya que puede variar de un ejercicio a otro.
¿Puedo reclamar intereses aunque no lo pactamos por escrito?
Sí. Si no existe un interés convencional fijado en el contrato, se aplica automáticamente el interés legal del dinero desde el momento en que la deuda es exigible.
¿El interés legal es el mismo para particulares y empresas?
El interés legal del dinero es el mismo para todos, pero en operaciones comerciales entre empresas suele aplicarse el interés de demora de la Ley 3/2004, que normalmente es superior.
¿Qué pasa si el interés pactado es muy superior al legal?
Si el interés pactado resulta desproporcionado y puede calificarse como usurario, cabe impugnarlo judicialmente conforme a la Ley de Represión de la Usura de 1908, que sigue vigente y ha sido aplicada reiteradamente por los tribunales.
¿Cómo se calculan los intereses en una demanda judicial?
Se calcula el interés legal (o el pactado) desde el vencimiento de la deuda hasta la sentencia, y a partir de ahí se aplica el interés procesal del artículo 576 LEC hasta el pago efectivo. Es recomendable que un abogado revise el cálculo exacto según las fechas y cuantías de cada caso.
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