Si estás gestionando una reclamación judicial o extrajudicial de una deuda y necesitas saber cuánto puedes exigir en concepto de intereses, el interés legal del dinero es el tipo de referencia que marca la ley para calcular esas cantidades adicionales a la deuda principal. Este dato se actualiza cada año mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado y afecta directamente a cualquier proceso de cobro de deudas, tanto entre particulares como entre empresas.
En este artículo explicamos qué es exactamente el interés legal del dinero, en qué se diferencia del interés de demora, cómo se aplica en un procedimiento de recobro de morosos y qué pasos seguir si necesitas reclamar una cantidad con sus intereses correspondientes, ya sea mediante cobro extrajudicial o por vía judicial.
¿Qué es el interés legal del dinero?
El interés legal del dinero es el porcentaje oficial que el Estado español fija anualmente y que sirve como referencia general para múltiples operaciones jurídicas: cálculo de indemnizaciones, actualización de deudas, intereses en resoluciones judiciales cuando no se ha pactado otro tipo, o como base para determinar el interés de demora en algunas relaciones contractuales.
Se establece en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio y, salvo que exista pacto expreso entre las partes o una norma especial aplicable, es el tipo que se utiliza por defecto cuando hay que calcular intereses sobre una cantidad debida.
Diferencia entre interés legal e interés de demora
Es habitual confundir ambos conceptos, pero tienen aplicaciones distintas:
- Interés legal del dinero: tipo general de referencia, aplicable quo por defecto en ausencia de pacto.
- Interés de demora en operaciones civiles y mercantiles: puede ser el pactado contractualmente; si no se ha pactado, en procedimientos judiciales se aplica el interés legal incrementado en dos puntos desde que se dicta sentencia, conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Interés de demora en operaciones comerciales entre empresas: se rige por la Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad, que fija un tipo específico superior al interés legal, revisado semestralmente por el Banco de España.
Dado que estos tipos varían y se revisan periódicamente, recomendamos verificar siempre el porcentaje vigente en el momento de realizar el cálculo, ya sea consultando el BOE o con ayuda de un profesional especializado en gestión de impagados.
¿Cómo se aplica en un procedimiento de recobro de deudas?
Cuando una empresa o particular acumula una deuda impagada, los intereses no se generan automáticamente desde el primer día en todos los casos: depende del tipo de deuda, si existe pacto contractual y del momento procesal en que nos encontremos.
En la fase de cobro extrajudicial
Durante la reclamación amistosa o mediante burofax de reclamación, se puede incluir el cálculo de intereses si así se pactó en el contrato original (factura, préstamo, arrendamiento, etc.). Si no existe pacto expreso, normalmente se reclama el principal y se advierte de que, en caso de acudir a la vía judicial, se generarán intereses legales o de demora según corresponda.
En la fase judicial
Una vez presentada una demanda de reclamación judicial (monitorio, verbal u ordinario según la cuantía), los intereses se calculan generalmente desde la fecha de interposición de la demanda o desde el vencimiento de la obligación, y tras la sentencia se aplica el interés legal incrementado en dos puntos hasta el pago efectivo, salvo que exista un tipo pactado superior.
Legislación aplicable en España
Las normas de referencia que debes tener en cuenta son:
- Ley de Presupuestos Generales del Estado del año correspondiente, que fija el interés legal vigente.
- Artículo 1108 del Código Civil, que establece que en obligaciones de dar dinero, la indemnización por retraso, salvo pacto, consiste en el pago del interés legal.
- Artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el interés procesal aplicable tras la sentencia.
- Ley 3/2004, de medidas contra la morosidad en operaciones comerciales, aplicable entre empresas y profesionales.
Te recomendamos confirmar con un abogado el porcentaje exacto vigente en el año en curso, ya que estos tipos se actualizan y pueden variar respecto a ejercicios anteriores.
Pasos para reclamar una deuda incluyendo intereses
- Revisión del contrato o factura: comprobar si existe un tipo de interés pactado.
- Requerimiento extrajudicial: envío de burofax de reclamación detallando principal e intereses aplicables.
- Negociación o cobro extrajudicial: muchas agencias de cobros gestionan esta fase antes de acudir a los tribunales.
- Procedimiento monitorio o demanda: si no hay acuerdo, se inicia la vía judicial correspondiente según la cuantía.
- Ejecución de sentencia: si el deudor no paga voluntariamente, se solicita la ejecución forzosa, incluyendo los intereses devengados.
Costes orientativos del procedimiento
Los costes varían según la complejidad y cuantía de la deuda. A título orientativo:
- Burofax de reclamación: entre 20 y 50 euros aproximadamente.
- Procedimiento monitorio (deudas hasta 15.000 euros aproximadamente sin necesidad de abogado ni procurador en muchos casos): tasas judiciales variables según cuantía.
- Honorarios de abogado en reclamaciones judiciales: suelen calcularse según un porcentaje de la cantidad reclamada o mediante tarifa fija, y conviene solicitar presupuesto personalizado.
Cada caso depende de sus circunstancias específicas, por lo que estas cifras deben tomarse como referencia general y no como coste garantizado.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el interés legal del dinero actualmente?
El porcentaje se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y puede variar respecto a ejercicios anteriores. Te recomendamos consultar el BOE del ejercicio en curso o confirmarlo con un profesional antes de realizar cualquier cálculo.
¿El interés legal y el interés de demora son lo mismo?
No. El interés legal es el tipo general de referencia, mientras que el interés de demora puede ser superior si existe pacto contractual o si se aplica la normativa específica de morosidad en operaciones comerciales entre empresas.
¿Desde cuándo se pueden reclamar intereses en una deuda impagada?
Depende de si existe pacto contractual sobre intereses. Si no lo hay, generalmente se calculan desde la reclamación extrajudicial o judicial, y tras sentencia se aplica el interés legal incrementado en dos puntos hasta el pago efectivo.
¿Puedo reclamar intereses en un burofax de reclamación?
Sí, siempre que exista base contractual o legal para ello. Es recomendable detallar el cálculo de forma clara para evitar controversias posteriores.
¿Qué diferencia hay entre reclamar por vía extrajudicial y por vía judicial?
El cobro extrajudicial busca una solución amistosa y más rápida, sin intervención judicial, mientras que la reclamación judicial implica presentar una demanda ante el juzgado competente, con plazos y costes procesales adicionales, aunque ofrece mayor fuerza ejecutiva si el deudor no paga voluntariamente.