Si estás reclamando una deuda o has recibido una notificación de un acreedor, es probable que te preguntes qué es el interés legal del dinero y cómo afecta al importe final que debes pagar o cobrar. Este porcentaje, fijado cada año por el Estado, es la referencia oficial para calcular los intereses de demora en operaciones civiles y mercantiles cuando no existe un pacto expreso entre las partes, y resulta clave en cualquier proceso de recobro de morosos o reclamación judicial en España.
¿Qué es el interés legal del dinero?
El interés legal del dinero es el tipo porcentual que se aplica, con carácter general, para compensar el retraso en el pago de una obligación dineraria cuando no se ha pactado un interés distinto. Se actualiza anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para 2025 se situó en el 3,25%, y conviene verificar cada ejercicio la cifra vigente, ya que puede variar en la Ley de Presupuestos correspondiente a 2026.
Diferencia entre interés legal e interés de demora
No deben confundirse ambos conceptos:
- Interés legal del dinero: tipo de referencia general aplicable por defecto en obligaciones civiles.
- Interés de demora: en operaciones entre empresas y profesionales, la Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad, establece un interés de demora superior al legal, resultado de sumar varios puntos porcentuales al tipo de referencia del Banco Central Europeo. Este interés suele ser más elevado y se aplica automáticamente en facturas impagadas entre empresas, salvo pacto distinto.
- Interés judicial o procesal: regulado en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se aplica desde que se dicta sentencia y equivale al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, salvo que exista pacto o disposición especial.
¿Cómo se aplica en la reclamación de deudas?
Cuando una empresa o particular reclama una deuda impagada, puede exigir, además del principal, los intereses generados desde el momento en que la obligación resultó exigible. La aplicación concreta depende del tipo de relación:
En deudas entre particulares
Se aplica el interés legal del dinero vigente en cada momento, salvo que el contrato original establezca otro tipo. Es habitual en préstamos personales, alquileres impagados o reclamaciones civiles.
En deudas comerciales entre empresas
Prevalece el interés de demora mercantil de la Ley 3/2004, normalmente más alto, diseñado para desincentivar el retraso en los pagos entre profesionales y pymes.
En procedimientos judiciales
Una vez dictada sentencia, se aplica el interés procesal del artículo 576 LEC hasta el completo pago de la cantidad reconocida.
Legislación española aplicable en 2026
La normativa de referencia que conviene tener presente incluye:
- Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente, que fija anualmente el interés legal del dinero.
- Código Civil, en lo relativo a obligaciones y contratos.
- Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000), especialmente su artículo 576 sobre intereses procesales.
Como estas cifras y algunos requisitos pueden actualizarse, es recomendable confirmar con un abogado o con el BOE el porcentaje exacto vigente en el momento de tu reclamación.
Pasos para reclamar una deuda incluyendo intereses
1. Reclamación extrajudicial
Antes de acudir a los tribunales, es habitual enviar un burofax de reclamación al deudor, detallando el importe adeudado, el interés aplicable y un plazo razonable para el pago. Esta vía de cobro extrajudicial suele ser más rápida y económica, y muchas agencias de cobro y despachos especializados en recobro de morosos la utilizan como primer paso.
2. Negociación y acuerdo de pago
En muchos casos, el deudor y el acreedor alcanzan un acuerdo de pago aplazado o fraccionado, que puede incluir o no intereses, según lo negociado.
3. Reclamación judicial
Si no hay acuerdo, cabe acudir al proceso monitorio (para deudas dinerarias, líquidas y vencidas) o al procedimiento declarativo que corresponda según la cuantía. Desde la sentencia o el decreto que ponga fin al proceso, se devengarán los intereses procesales del artículo 576 LEC.
4. Ejecución
Si el deudor sigue sin pagar, se puede instar la ejecución forzosa de la sentencia o del decreto firme, incluyendo el embargo de bienes o cuentas.
Costes orientativos del proceso de recobro
Los honorarios y gastos varían según la complejidad y la cuantía reclamada. A título orientativo:
- Burofax de reclamación: entre 30 y 100 euros aproximadamente.
- Gestión extrajudicial por agencia de cobros: suele cobrarse un porcentaje sobre lo recuperado, habitualmente entre el 10% y el 20%, aunque puede variar.
- Proceso monitorio: tasas judiciales (si aplican según el sujeto reclamante) más honorarios de abogado y procurador, que dependen de la cuantía.
- Ejecución judicial: costes adicionales de procurador y, en su caso, peritos o gestores de embargo.
Estos importes son estimaciones generales; cada despacho o agencia de recobro establece sus propias tarifas, por lo que conviene solicitar presupuesto sin compromiso antes de iniciar el procedimiento.
Derechos del acreedor y del deudor
El acreedor tiene derecho a reclamar el principal más los intereses legales o pactados, así como los gastos de reclamación razonables. El deudor, por su parte, tiene derecho a ser informado con claridad del importe reclamado, a negociar un plan de pagos y a que la reclamación se realice conforme a la legislación de protección de datos y de consumidores, sin prácticas abusivas ni comunicaciones desproporcionadas.
Preguntas frecuentes sobre el interés legal del dinero
¿Cuál es el interés legal del dinero actual?
El porcentaje se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Es recomendable comprobar el BOE o consultar con un profesional el tipo exacto vigente en 2026, ya que puede diferir del aplicado en años anteriores.
¿Se puede pactar un interés distinto al legal?
Sí, las partes pueden acordar un interés de demora distinto en el contrato, siempre que respete los límites legales y no resulte abusivo, especialmente en relaciones con consumidores.
¿Desde cuándo se cobran los intereses en una deuda?
Generalmente desde que la obligación es exigible o desde la fecha de vencimiento pactada, aunque en procedimientos judiciales los intereses procesales del artículo 576 LEC se devengan desde la sentencia o resolución que reconozca la deuda.
¿El interés legal es igual al interés de demora mercantil?
No. El interés de demora en operaciones comerciales, regulado por la Ley 3/2004, suele ser superior al interés legal del dinero, al calcularse sumando varios puntos al tipo de referencia del BCE.
¿Puedo reclamar intereses sin ir a juicio?
Sí, es posible incluir los intereses en la reclamación extrajudicial, por ejemplo mediante burofax, y negociar su pago junto al principal antes de iniciar un procedimiento judicial.