Si estás gestionando el cobro de deudas de un cliente o proveedor y quieres saber cuánto puedes reclamar en concepto de intereses, el interés legal del dinero es el porcentaje oficial que fija el Estado cada año y que sirve de referencia cuando no existe un pacto expreso entre las partes sobre los intereses de demora. Conocer su valor actualizado y cómo se aplica es esencial en cualquier proceso de recuperación de deudas, ya sea por vía extrajudicial o mediante reclamación judicial.
En este artículo explicamos qué es el interés legal del dinero, cómo se diferencia del interés de demora, cuándo se aplica en un proceso de recobro de morosos y qué pasos seguir para reclamarlo correctamente, ya sea en Madrid, Barcelona o cualquier otra ciudad de España, dado que se trata de una norma de ámbito estatal.
¿Qué es exactamente el interés legal del dinero?
El interés legal del dinero es el tipo de interés oficial que el Gobierno español aprueba anualmente mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en desarrollo del artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio. Se utiliza como referencia general en las relaciones civiles y mercantiles cuando las partes no han pactado un interés distinto para el caso de impago o retraso.
Este porcentaje se revisa cada ejercicio y puede mantenerse igual o variar respecto al año anterior. A título orientativo, en los últimos ejercicios se ha situado en torno al 3-3,25% anual, pero es imprescindible verificar la cifra exacta vigente en 2026 en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio correspondiente, ya que cambia con frecuencia.
Diferencia entre interés legal e interés de demora
Es habitual confundir ambos conceptos en un proceso de gestión de impagados:
- Interés legal del dinero: tipo general aplicable por defecto en obligaciones civiles cuando no hay pacto expreso.
- Interés de demora: en operaciones mercantiles entre empresas y profesionales, se aplica el previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, contra la morosidad en operaciones comerciales, que suele ser superior al interés legal (habitualmente el tipo del BCE incrementado en varios puntos, revisado semestralmente).
- Interés judicial o procesal: conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, desde que se dicta sentencia condenatoria en cantidad líquida, se aplica el interés legal incrementado en dos puntos, salvo pacto o disposición especial.
¿Cuándo se aplica el interés legal en el cobro de una deuda?
En un proceso de cobro extrajudicial o judicial, el interés legal del dinero entra en juego principalmente en estos supuestos:
1. Deudas civiles sin pacto de intereses
Si un particular presta dinero o existe una deuda civil sin que se haya fijado un interés en el contrato, y el deudor incurre en mora, se puede reclamar el interés legal vigente desde el momento del requerimiento de pago.
2. Reclamaciones judiciales tras sentencia firme
Una vez obtenida una sentencia favorable frente a un deudor moroso, si este no paga voluntariamente, se generan automáticamente los intereses procesales del artículo 576 LEC (interés legal + 2 puntos) hasta el completo pago.
3. Deudas comerciales entre empresas
En este caso, como agencia especializada en empresas de recobro, recomendamos aplicar preferentemente el interés de demora comercial de la Ley 3/2004, más elevado que el interés legal ordinario y pensado específicamente para proteger a acreedores frente a la morosidad empresarial.
Pasos para reclamar la deuda incluyendo intereses legales
Fase 1: Reclamación extrajudicial
Se recomienda iniciar el proceso con un burofax de reclamación con acuse de recibo y certificación de contenido, detallando el principal adeudado, el periodo de mora y los intereses aplicables según la normativa correspondiente. Esta gestión de recobro extrajudicial suele tener un coste orientativo de entre 30 y 150 euros, dependiendo del despacho o agencia.
Fase 2: Negociación y acuerdo de pago
Muchas deudas se resuelven en esta fase mediante planes de pago o quitas parciales, evitando así los costes y la duración de un procedimiento judicial.
Fase 3: Reclamación judicial
Si no hay acuerdo, se puede acudir al procedimiento monitorio (para deudas documentadas, sin límite de cuantía desde su reforma legal) o al juicio verbal u ordinario según el importe. Los costes de tasas judiciales, abogado y procurador varían según la cuantía reclamada; a título orientativo, para deudas de pequeña cuantía el coste conjunto puede oscilar entre 300 y 1.500 euros, aunque cada caso depende de sus circunstancias concretas.
Legislación aplicable en 2026
- Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero.
- Ley de Presupuestos Generales del Estado del ejercicio vigente, que fija el porcentaje anual.
- Ley 3/2004, de 29 de diciembre, contra la morosidad en operaciones comerciales.
- Artículos 1108 y siguientes del Código Civil, sobre indemnización de daños y perjuicios por mora.
- Artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre intereses procesales.
Recomendamos siempre confirmar con un abogado la cifra exacta del interés legal vigente en el año en que se realiza la reclamación, ya que se actualiza anualmente y aplicar un porcentaje incorrecto puede invalidar parte de la reclamación.
Derechos del acreedor frente a deudores morosos
Como acreedor, tienes derecho a reclamar no solo el principal de la deuda, sino también los intereses legales o de demora correspondientes, así como los gastos de reclamación razonables y justificados en operaciones comerciales, conforme a la Ley 3/2004. Toda gestión de cobro debe realizarse dentro del marco legal, mediante comunicaciones respetuosas y procedimientos formales, sin recurrir a prácticas que puedan considerarse presión indebida sobre el deudor.
Preguntas frecuentes sobre el interés legal del dinero
¿Cuál es el interés legal del dinero en 2026?
El porcentaje se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Es imprescindible consultar la cifra oficial publicada para el ejercicio 2026, ya que puede variar respecto a años anteriores.
¿Se puede reclamar el interés legal sin ir a juicio?
Sí. En la fase de cobro extrajudicial, se puede incluir el cálculo de intereses en el burofax o requerimiento de pago, aunque su reconocimiento definitivo suele producirse tras acuerdo entre las partes o resolución judicial.
¿Qué diferencia hay entre interés legal e interés de demora comercial?
El interés legal es el tipo general por defecto; el interés de demora comercial, regulado en la Ley 3/2004, es específico para operaciones entre empresas y profesionales y suele ser más elevado.
¿Desde cuándo se empiezan a contar los intereses de una deuda?
Generalmente desde el momento del requerimiento de pago o desde la fecha de vencimiento pactada, según el tipo de obligación. Los plazos concretos deben verificarse con un abogado en cada caso.
¿Una agencia de cobros puede calcular los intereses legales de mi deuda?
Sí, una agencia de cobros especializada en gestión de impagados puede realizar el cálculo orientativo de intereses aplicables y gestionar tanto la vía extrajudicial como el acompañamiento en la reclamación judicial junto con profesionales del derecho.
Si necesitas ayuda para reclamar una deuda incluyendo los intereses legales correspondientes, podemos revisar tu caso sin compromiso y orientarte sobre los pasos más adecuados para tu situación.